La dificultad de la gestión de la documentación jurídica viene dada principalmente por la estructura propia de los documentos jurídicos. La documentación jurídica es aquella “generada en la creación, aplicación, difusión e investigación del derecho” y el documento jurídico es “la expresión de esta información jurídica”.El contenido legislativo, jurisprudencial o doctrinal de esta información jurídica tiene unas características propias:
- FUENTES: son fuentes muy concretas que se pueden identificar bien de acuerdo con el órgano de origen del documento o bien por unas publicaciones especializadas como pueden ser los boletines oficiales.
- SON DOCUMENTOS TIPIFICADOS: un documento tipificado es un documento que define una acción u omisión concretas, a las que se asigna una pena o sanción. La Ley y la sentencia son los tipos más comunes, pero también están las resoluciones, convenios, actas,…
- SON DOCUMENTOS CONTROLADOS: se ejerce un fuerte control principalmente en lo que se refiere a la seguridad de su contenido y a la fiabilidad del texto.
- VIGENCIA LIMITADA: esta vigencia viene dada por las disposiciones de derogación (procedimiento a través del cual se deja sin vigencia a una disposición normativa).
- LENGUAJE EMPLEADO: siempre especial y propio.
- PUBLICIDAD: es muy importante dar a concoer estos documento jurídicos para que se pueda poner en práctica lo que ordenan. Para esta publicidad el Estado establece varios vehículos para facilitar su publicación (Boletines oficiales, boletines de las comunidades autónomas, diarios oficiales, CGPJ; …)
- ESTRUCTURA DEFINIDA: tanto en legislación como en jurisprudencia cada documento tiene una estructura acorde con el contenido.
Por ejemplo, un documento normativo siempre tiene la siguiente estructura:
- Título: Número oficial, rango, fecha de aprobación y título de la norma.
- Exposición de motivos: Aquí se explica las razones por las que se aprueba la norma.
- Articulado: Donde de recoge el texto positivo de la norma. Según el rango y extensión del texto se estructura en, títulos, capítulos, secciones y artículos.
- Disposiciones: pueden ser adicionales, derogatorias, transitorias y finales, que sirven para señalar el régimen de aplicaciones y sus efectos.
Las sentencias también tienen una estructura definida:
- Encabezamiento: datos de los litigantes (los que ponen la denuncia), los litigados (los denunciados), el magistrado, el ponente, el asunto del litigio y la fecha (en la que acabó el juicio)
- Antecedentes de hecho: señala el asunto que se está juzgando así como las vicisitudes procesales (como ha ido el juicio).
- Fundamentos del derecho: es explican los principios doctrinales y legales que se han considerado aplicables.
- Fallo o sentencia: parte dispositiva.