Expurgo de documentación jurídica

CHARO BORRUEL ORTIZ

Expurgar proviene del término latino expurgare, podemos definirlo, según la Real Academia de la Lengua Española  como: “Limpiar o purificar algo, entresacando lo inútil, sobrante o inconveniente. Dicho de la autoridad competente: Mandar tachar algunas palabras, cláusulas o pasajes de determinados libros o impresos, sin prohibir la lectura de estos”.

Por tanto podremos decir que es el proceso que permite seleccionar y eliminar, aquellos documentos de archivo que habiendo perdido sus otros valores no tienen, si se prevé que tenga, valor histórico.

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El plazo de conservación de los documentos viene fijado por el análisis de las series documentales con las que cuente la empresa. En este caso vamos a definir los plazos generales dentro de la legislación Española de la documentación laboral, fiscal, mercantil, contable, prevención blanqueo de capitales y LOPD así como las leyes  y los artículos a los que hacen referencia.

DATOS LEGISLACIÓN APLICABLE PLAZO COMENTARIOS
Clientes/

Proveedores

Artículo 943 del Código de Comercio.

Artículo 1964 del Código Civil.

5 años Plazo de prescripción de acciones civiles.
Artículo 30.1 del Código de Comercio 6 años Libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes al negocio.
Artículo 1966.3 del Código Civil 5 años Plazo de prescripción para exigir cumplimiento de pagos que deban hacerse por años o plazos más breves.
Artículo 19 del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Condiciones de Facturación 4 años Facturas, recibos y documentos sustitutivos.
Trabajadores Artículo 1964 del Código Civil 5 años Plazo de prescripción de acciones civiles.
Artículo 4.1 del Real Decreto 5/2000, de 4 de agosto. Texto refundido Ley sobre infracciones y sanciones en el Orden Social. 1-5 años Plazo de prescripción de infracciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales.
Artículo 4.1 del Real Decreto 5/2000, de 4 de agosto. Texto refundido Ley sobre infracciones y sanciones en el Orden Social. 4 años Plazo de prescripción de infracciones laborales en materia de seguridad social.
Artículo 21 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. 4 años Plazo de prescripción de derechos y acciones en materia de seguridad social.
Artículo 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre. General Tributaria. 4 años Plazo de prescripción de la deuda tributaria.
Artículo 4.1 del Real Decreto 5/2000, de 4 de agosto. Texto refundido Ley sobre infracciones y sanciones en el Orden Social 3 años Plazo de prescripción de las infracciones laborales.
Artículo 6 de la Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos. 1 mes Imágenes captadas con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras y video cámaras.

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Publicado por El Documentalista Audiovisual

El Documentalista Audiovisual es un equipo de trabajo dedicado a la búsqueda gestión de derechos de material de archivo en producciones audiovisuales. Bajo esta marca, Isabel Borruel y Patricia Wert, hemos desarrollado un proyecto de formación y consultoría en documentación audiovisual.

4 comentarios sobre “Expurgo de documentación jurídica

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