Siguiendo con el tema de la semana pasada, el Registro Mercantil Central, vamos a ampliarlo un poco hablando de la página web de Registradores y de la figura del Registrador.
Esta página al igual que la del RMC, no se si incluirla dentro de la denominación de base de datos, aunque si tenemos en cuenta la definición: “un conjunto de datos pertenecientes a un mismo contexto y almacenados sistemáticamente para su posterior uso”, entonces sería la manera más indicada para hablar de este recurso.
Para entender la complejidad de la documentación que se custodia en registradores, tenemos que estudiar un poco la figura del Registrador. El Registrador es un profesional del Derecho, y tiene la misión de:
- controlar la legalidad de los documentos autorizados por los Notarios
- los expedidos por los Jueces
- y la legalidad de los documentos de las autoridades administrativas o suscritos por los particulares.
Cada Registrador tiene el deber de velar por el Registro que tiene encomendado, mantenerlo en el más alto nivel tecnológico e informar sobre su función y sobre el contenido de sus asientos a cualquier interesado. La labor del Colegio de Registradores es procurar hacer lo más fácil posible las tareas encomendadas a los Registradores.

La web de Registradores, como se hace mención en la misma, pretende ser el “punto de relación por medios telemáticos de los ciudadanos con los diferentes Registros de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España”.
Desde esta página se pueden hacer efectivos por medios telemáticos los diferentes servicios que los registradores prestan en el ejercicio de su función, suprimiendo las barreras de tiempo y espacio en las relaciones de los ciudadanos con los servicios públicos registrales. Pretende ser la “verdadera sede electrónica de los registradores”.
Para poder acceder a la documentación que Registradores ofrece, se debe estar abonado, pagar con tarjeta de crédito o disponer de un certificado.

Una vez que nos hayamos identificado, accedemos al servicio y podremos solicitar la documentación que necesitemos.
Cuando solicitamos información tanto mercantil como de propiedad, debemos tener preparados algunos datos para que la localización sea lo más exacta y rápida posible.
En el caso de la información mercantil nos valdría con el nombre y el CIF (Código de Identificación Fiscal) de la empresa, aunque por ser este último único, nos valdría con este dato. En el caso de la propiedad es algo más complejo porque necesitamos muchos más datos. Aunque no lo parezca , localizar una propiedad puede llegar ser un auténtico trabajo de documentalista porque la mayoría de las veces los datos no coinciden con el lugar que le corresponde y debemos averiguar exactamente la dirección, el número de finca, el municipio, etc. para poder localizar los documentos que necesitamos.
Para conocer algo más sobre la historia del Colegio de Registradores, aquí ver el siguiente vídeo.