Periodismo y documentación jurídica: Difusión o derecho a la intimidad.

Puede sonar extraña la relación entre periodismo y documentación jurídica, pero pueden tenerla. Hay días que conseguir documentación que se supone o quizás no, de dominio público, se convierte en una auténtica indagación periodística.

Todo puede comenzar cuando un abogado lee en algún medio de comunicación la mención a una sentencia que por algún motivo tiene interés para él: puede tratar sobre algún tema que le interese o puede ser que esté relacionada con algún caso que tenga que estudiarse. Acto seguido, el departamento de documentación jurídica recibe una petición para conseguir dicha sentencia.

El documentalista comienza leyendo la noticia para saber si hay citas literales, quiénes están implicados, saber quién dicta sentencia, de qué trata o incluso ver si se cita donde puede estar referenciada la sentencia. El motivo de conocer estos datos es tener una pequeña idea de qué estamos buscando y por dónde podemos comenzar. Con los datos que nos proporcione la noticia realizamos una primera búsqueda en el CENDOJ por si ya la tienen disponible, ya que es el órgano técnico que se ocupa de la publicación oficial de la jurisprudencia, así como de las demás competencias en el ámbito de la documentación y de los servicios de gestión del conocimiento. Si esta búsqueda no tiene éxito, pasamos a buscar en las webs de los implicados en la sentencia. En el caso de no disponer página web y de no ser posible conseguir la sentencia via telemática, pasamos a realizar llamadas telefónicas. Estas llamadas las haremos tanto al propio CENDOJ, como a los organismos implicados e incluso al medio o al periodista que firme la noticia.

Aquí entramos en un momento delicado, ya que la facilidad de conseguir o no la sentencia dependerá de la personas con la que demos en cada momento, independientemente del organismo del que se trate. Me explico; la persona con la que demos puede valorar más la difusión de la información y facilitarnos la sentencia sin ningún problema, o puede considerar más valioso el derecho a la intimidad y considerar que dar difusión a la información de la sentencia vulnera la intimidad de los implicados en la misma. Este es un debate con el que nos encontramos a diario, un debate que tampoco podemos zanjar con la legislación vigente, ya que es bastante controvertida. Según el art. 120.1 de la Constitución («Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las Leyes de procedimiento«) y en los arts. 235 (“Los interesados tendrán acceso a los libros, archivos y registros judiciales que no tengan carácter reservado…”) y 266 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) («Las sentencias, una vez extendidas y firmadas por el juez o por todos los Magistrados que las hubieren dictado, serán depositadas en la Oficina judicial y se permitirá a cualquier interesado el acceso al texto de las mismas.» Pero claro, ¿quienes se consideran interesados?¿cualquier ciudadano o como dice el Tribunal Constitucional, «una persona interesada es aquella que puede demostrar que tiene una “conexión concreta y singular” con el objeto de la sentencia«?. Vemos que las personas interesadas tienen una interpretación restrictiva, que además  en la reforma de 2003 (LO 19/2003 de 23 de diciembre) de la LOPJ añade un segundo párrafo al art. 266 LOPJ diciendo que (“El acceso al texto de las sentencias, o a determinados extremos de las mismas, podrá quedar restringido cuando el mismo pudiera afectar al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda, así como, con carácter general, para evitar que las sentencias puedan ser usadas con fines contrarios a las leyes.”

Como vemos, incluso en la jurisprudencia española existe una controversia acerca del alcance que debe tener la afirmación “las sentencias judiciales son públicas”. Parece que ese acceso a la información sigue quedando a la interpretación de cada uno.

Confieso que llegar al debate entre difusión de la información o intromisión en la intimida al ir escribiendo esta lineas, me ha sorprendido. Me demuestra que la documentación y el acceso a la información acaba estando presente en todos los temas que tratemos, sean periodísticos o judiciales. Demostración de la importancia que tiene el acceso a la información en nuestro día a día.

Fuente: http://www.indret.com/es/

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Publicado por Paola Agra

Graduada en Información y Documentación y Máster especializado en Patrimonio Bibliográfico por la Universidad Complutense. Profesionalmente me he dedicado principalmente a la documentación jurídica, pero mi pasión han sido, son y serán los libros.

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