Hace pocos días os hablaba del WorldLII, una herramienta de búsqueda desarrollada por varios Institutos de Información Legal (LII) y otras organizaciones. Esta herramienta es una de las consecuencias directas de la Declaración de Montreal de Acceso Libre al Derecho, donde se mencionan los principios que rigen las actividades de estos Institutos de Información Jurídica.
Lo que se quiere conseguir con esta Declaración es facilitar el libre acceso universal a la información jurídica. Los Institutos que firman esta Declaración son los siguientes:
AltLaw, USA
AsianLII – Asian Legal Information Institute
AustLII – Australasian Legal Information Institute, Australia
BAILII – British and Irish Legal Information Institute, UK
CanLII – Canadian Legal Information Institute, Canada
CommonLII – Commonwealth Legal Information Institute
CyLaw, Cyprus
Droit.org, France
GLIN – Global Legal Information Network
HKLII – Hong Kong Legal Information Institute, China
IIJusticia, Argentina
IRLII – Irish Legal Information Initiative, Irland
ITTIG – Institute of Legal Information Theory and Techniques, Italy
JuriBurkina, Burkina Faso
JuriNiger, Niger
Juristisches Internetprojekt Saarbrücken, Germany
KenyaLaw – Kenya Law Reports, Kenya
LawPhil, Philippine
Legal Information Institute (Cornell Law School), USA
LexUM, Canada
NZLII – New Zealand Legal Information Institute, New Zealand
Office of the Council of State, Thailand
PacLII – Pacific Islands Legal Information Institute
SAFLII – Southern African Legal Information Institute
WorldLII – World Legal Information Institute
Jersey Legal Information Board, UK
Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM (IIJ-UNAM), Mexico
Institute of Law and Technology – Autonomous University of Barcelona, Spain
UULII – Ugandan Legal Information Institute, Uganda
Cardiff Index to Legal Abbreviations, UK
En esta Declaración de Montreal sobre el Acceso Libre al Derecho se dictan unos principios fundamentales que son:
- La información jurídica pública de todos los países e instituciones internacionales constituye una herencia común de la humanidad. Maximizar el acceso a esta información promueve la justicia y la primacía de la ley;
- La información jurídica pública es una propiedad digital común y debería ser accesible para todos de forma gratuita y sin fines de lucro;
- Las organizaciones como los institutos de información jurídica tienen derecho a publicar la información jurídica pública y los organismos gubernamentales que generan o controlan esta información deberían proveer acceso a la misma a fin de que pueda ser publicada también por otras partes.
¿Qués es la información jurídica pública?
Es aquella producida por organismos públicos que tienen la obligación de producir el derecho y hacerlo público. Ello incluye a las fuentes primarias del derecho, como las leyes, la jurisprudencia y los tratados, así como también diversas fuentes públicas secundarias como pueden ser los informes sobre trabajos preparatorios y reformas legislativas, y aquellos resultantes de comisiones de investigación.
Los institutos de información jurídica se proponen lo siguiente:
- Publicar vía Internet la información jurídica pública proveniente de más de un organismo público;
- Proporcionar acceso público, libre, y anónimo a dicha información;
- No impedir a otros obtener y publicar información jurídica pública de sus fuentes; y
- Apoyar los objetivos enumerados en esta Declaración.
Por tanto, los institutos de información jurídica acuerdan:
- Promover y apoyar el libre acceso a la información jurídica pública en todo el mundo, principalmente vía Internet;
- Reconocer el papel primordial de las iniciativas locales en la publicación de su propia información jurídica nacional en acceso libre;
- Cooperar a fin de lograr estas metas y, en particular, colaborar con las organizaciones de los países en vías de desarrollo para que logren estas metas, reconociendo las ventajas recíprocas que todos obtienen del acceso a las leyes de los otros;
- Ayudarse entre sí y apoyar, dentro de sus posibilidades, a otras organizaciones que persiguen estas metas, en lo que respecta a:
- promoción, ante gobiernos y otros organismos, de políticas públicas favorables a la accesibilidad a la información jurídica pública ;
- asistencia, asesoramiento y formación técnica;
- desarrollo de normas técnicas abiertas;
- intercambio académico de los resultados de investigaciones.
- Reunirse al menos una vez al año, e invitar a otras organizaciones que son institutos de información jurídica a unirse a esta declaración y a participar de dichas reuniones, de acuerdo con los procedimientos que serán establecidos por las partes de esta Declaración;
- Proporcionar a los usuarios finales de información jurídica pública,información precisa sobre todas la condiciones de re-utilización de la misma, siempre que esto sea posible.
FUENTES:
http://diarium.usal.es/vito/2011/11/27/declaracion-de-montreal-sobre-el-acceso-libre-al-derecho/
http://www.nyulawglobal.org/globalex/Legal_Information_Institutes.htm
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