La Reforma del Código Penal y la Gestión Documental

El 1 de julio del pasado año entró en vigor la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Esta es una Ley muy larga que abarca diversos aspectos.

Muchas de estas modificaciones están justificadas por la necesidad de atender compromisos internacionales, como es el caso de la Directiva 2013/40/UE, relativa a los ataques contra los sistemas de información y la interceptación de datos electrónicos cuando no se trata de una comunicación personal.

Se incluye en la reforma la posibilidad de sancionar a la empresa si cualquier trabajador incumple su cometido. Por eso hay que tener claro que es la gestión segura de información.

Lo que hace esta medida es imponer en las empresas un modelo de organización y gestión que resulte adecuado para prevenir delitos o para reducirlos de forma significativa. La persona jurídica quedará exenta de responsabilidad solo si la empresa “ha adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas”.

Una vez que tenemos esto claro, decir que los modelos de organización y gestión deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Identificarán las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos.
  2. Establecerán los protocolos o procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquéllos.
  3. Dispondrán de modelos de gestión de los recursos financieros adecuados para impedir la comisión de los delitos que deben ser prevenidos.
  4. Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.
  5. Establecerán un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.
  6. Realizarán una verificación periódica del modelo y de su eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios

A la vista de esta reforma, vemos que cada vez se hace más hincapié en la importancia de implementar medidas para una gestión documental eficaz y segura.

Fuentes:

http://www.neodoc.es/news/como-afecta-la-reforma-del-codigo-penal-a-la-gestion-documental-encuestasneodoc#

http://www.normadat.es/noticias/8-como-afecta-la-reforma-del-codigo-penal-a-tu-gestion-de-la-informacion-y-la-documentacion

http://www.muycomputerpro.com/2016/01/18/reforma-codigo-penal-gestion

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Publicado por Paola Agra

Graduada en Información y Documentación y Máster especializado en Patrimonio Bibliográfico por la Universidad Complutense. Profesionalmente me he dedicado principalmente a la documentación jurídica, pero mi pasión han sido, son y serán los libros.

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